La Cámara de Casación Penal rechazó la suspensión del juicio pedido por las defensas de los acusados de cobrar el IFE de manera irregular y el TOF 1 retomó el debate.

El Tribunal Oral Federal N°1 de Salta reanudó este lunes el juicio a los ex gerentes del PAMI de las localidades de Orán, El Carril y Embarcación, acusados por el delito de defraudación a la Administración Pública al haber percibido el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).

Según consignó fiscales.gob.ar el debate, que se había iniciado el 4 de mayo pasado, quedó suspendido en la apertura misma a raíz de las impugnaciones planteadas por las defensas de los tres acusados, quienes pidieron acogerse a la suspensión de juicio a prueba.

La solicitud fue rechazada por el tribunal unipersonal, a cargo de la jueza Marta Liliana Snopek, en coincidencia con la postura del fiscal federal Ricardo Toranzos del Área de Casos Complejos.

Las impugnaciones de las defensas provocaron un nuevo examen del caso. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la decisión a través del camarista Daniel Petrone, quien intervino como juez de Revisión del proceso reglado por el Código Procesal Penal Federal, que rige en las provincias de Salta y Jujuy desde 2019.

El fiscal Toranzos lleva adelante la acusación penal contra Viviana Fernández, Emilia Juárez y Javier Eduardo Navarreta, quienes eran gerentes de PAMI en las sucursales de Orán, El Carril y Embarcación, respectivamente.

La acusación surgió tras comprobarse que los ex funcionarios habían solicitado y percibido el IFE, un beneficio dispuesto por el decreto 310/2020 del Poder Ejecutivo Nacional para mitigar la grave crisis económica emergente por las medidas sanitarias impuestas durante la fase 1 en el marco de la pandemia del Covid-19.

Tras la formalización del caso, el 19 de noviembre de 2020, los defensores públicos Ximena Colombres (por Fernández) y Agustín Mogaburu (por Juárez y Navarreta) plantearon ante la fiscalía la aplicación de la suspensión de juicio a prueba, posibilidad que fue rechazada por el fiscal Toranzos.

La denegatoria se basó en razones de política criminal y la imposibilidad de aplicación de ese instituto por el carácter de funcionarios públicos de los acusados, tal como lo establece el artículo 76 bis del Código Penal cuando surge una pena conjunta, siendo en este caso la inhabilitación perpetua, agravante contemplado en el artículo 174 del mismo cuerpo normativo.

No obstante, al comenzar el juicio ante el Tribunal Oral Federal N°1, los defensores volvieron a solicitar la suspensión de juicio a prueba, planteo que nuevamente fue rechazado por la fiscalía y que fue seguido en la resolución por la jueza Snopek.

El fiscal Toranzos “calificó como ilegal e inmoral la conducta de los acusados, teniendo en cuenta, además, que trabajaban en un área de la repartición pública destinada a brindar asistencia a personas mayores, como sucede con el PAMI”.

Sobre las reglas de conducta y la reparación del daño ofrecida para el acceso a la suspensión del juicio a prueba, señaló que son insuficientes, en especial si se toma en cuenta el contexto y la gravedad del delito. El fiscal consideró insignificante el monto propuesto en miras a la defraudación generada en perjuicio del Estado.

La jueza Snopek, en tanto, encontró sustento en la posición fiscal, al valorar la calidad de funcionarios públicos de los tres acusados al momento en que se cometieron los hechos endilgados por la fiscalía.

En vista de estos argumentos, la magistrada rechazó la suspensión de juicio a prueba solicitada por las defensas, que impugnaron la decisión y provocaron que el caso llegue a la Cámara Federal de Casación Penal para un nuevo examen.

Esa evaluación se dio el 28 de mayo, cuando los defensores públicos N°1 y 2 ante ese tribunal de alzada, Daniel Comellas y Guillermo Todarello respectivamente, reeditaron el pedido de suspensión de juicio a prueba para Fernández, Juárez y Navarreta ante el juez Petrone.

El fiscal general ante esa Cámara, Mario Villar, revalidó los argumentos de su par de Salta y se opuso al otorgamiento del beneficio. Adujo como fundamento el carácter vinculante de la oposición de Toranzos ante el TOF 1.

“La probation se rechaza porque el fiscal se opone fundadamente y las razones de su oposición responden claramente a cuestiones de política criminal. Los argumentos respecto a que era funcionarios del PAMI, pero que no actuaron en el ejercicio de sus funciones, solo son de orden periféricos, ya que el fiscal nunca sostuvo esa premisa”, explicó.

Sobre el ofrecimiento de reparación del daño, el fiscal Villar sostuvo que “no parece dirigir a los acusados a una reconciliación con la sociedad, sino pareciera una propuesta luego de ser descubiertos y entonces saldar la deuda con la actualización, cuando lo que hicieron, en calidad de funcionarios, fue quitarle el dinero a personas que no tenían para comer”.

“La gravedad de ésta actitud la repiten en la propuesta de la probation, pues pareciera que están haciendo la compra en un supermercado. El ofrecimiento, cuando ganaban más de 100 mil pesos, demuestra el desinterés por las personas”, destacó.

“Y esto no tiene que ver con la cantidad o la propiedad que afectaron, sino con la actitud hacia la sociedad que integran. Son funcionarios y quebrantaron todas las normas. Todo esto, en medio de una crisis, por lo que el hecho adquiere un tinte de vergonzoso”, afirmó Villar.

Al resolver sobre el caso, el juez Petrone mencionó las posturas de las partes, valoró las mismas y decidió rechazar las objeciones de las defensas por entender que los argumentos de la fiscalía superaron el examen de razonabilidad y lógica, a la vez que descartó la existencia de arbitrariedad en ellos.

“La oposición fiscal –coincidió- se fundamentó en las razones de política criminal del Ministerio Público Fiscal, en la calidad de los funcionarios públicos y la naturaleza del hecho”, concluyó el camarista.

Fuente: MinutoUno


COMPARTIR