La jueza Liliana Senger, de Castelli, dispuso que en el plazo de 10 días, el Ministerio de Salud lo incluya “en un dispositivo que trate de modo integral su padecimiento mental”, ya que han fracasado todos los tratamiento ambulatorios realizados. La magistrada concluyó que el adolescente “se encuentra en “una cuádruple situación de vulnerabilidad”.

En una sentencia interlocutoria, la jueza de Niñez, Adolescencia y Familia 2 de Castelli, Liliana Mabel Senger, ordenó la inmediata intervención del Ministerio de Salud Pública en el caso de un adolecente Qom con padecimientos mentales y adicciones. La jueza dispuso como medida de protección y en salvaguarda de los derechos del adolescente de Villa Río Bermejito, para que en el plazo de 10 días Salud Pública lo incluya “en un dispositivo que trate de modo integral su padecimiento mental”, ya que han fracasado todos los tratamiento ambulatorios realizados.

 

Además, la jueza dio intervención al Órgano de Revisión de Salud Mental, para fiscalizar y controlar que la medida se cumpla y, en su caso, realizar recomendaciones a la autoridad de aplicación para el cumplimiento de las políticas públicas.

 

También al Ministerio de Desarrollo Social, a la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia del Chaco, y a la Municipalidad de Villa Rio Bermejito para que asuman intervención, en razón de la “extrema situación de vulnerabilidad en que se encuentran el grupo familiar”, y adopten medidas de acción positiva “en resguardo de los derechos sociales, económicos y culturales, todo ello conforme la normativa vigente”. Tras las múltiples intervenciones y articulaciones realizadas, la jueza concluyó que el adolescente se encuentra en “una cuádruple situación de vulnerabilidad, atento a su edad, a su discapacidad, a pertenecer a una comunidad indígena y la situación de extrema pobreza”.

 

Por lo que requirió de “forma urgente una medida de protección integral, como tutela anticipatoria, atento a la vulnerabilidad de sus derechos y también como resguardo de terceros”.


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