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La Pampa: ratificaron la condena a un profesor de baile por abuso sexual de menores

19 de febrero 2021
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La justicia de La Pampa confirmó este viernes la condena a 20 años de prisión para un profesor de baile que sometió a un abuso sexual agravado a cuatro alumnas de entre 11 y 15 años entre marzo y noviembre de 2019.

El Tribunal de Impugnación Penal (TIP), integrado por el juez Filinto Rebechi y la jueza María Eugenia Schijvarger, ratificó la pena por lo que no hizo lugar al recurso de impugnación interpuesto por el defensor particular del acusado.

El profesor de baile fue encontrado culpable en cuatro causas diferentes por los delitos de «abuso sexual con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda como delito continuado; abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda reiterado (dos hechos), en concurso real».

También fue condenado por «abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda como delito continuado; y abuso sexual con acceso carnal de una persona menor de 16 años aprovechándose de su inmadurez en razón de la mayoría de edad del autor y su relación de preeminencia agravado por la guarda como delito continuado».

Los jueces de primera instancia Marcelo Pagano, Federico Pellegrino y Diego Ambrogetti habían condenado al hombre el 20 de noviembre de 2020 por los ataques perpetrados entre marzo y noviembre de 2019, cuando era profesor de una academia de baile.

El abogado del imputado, José Mario Aguerrido, discutió la pena de 20 años por «carecer de razonabilidad y proporcionalidad» basándose en los precedentes similares existentes en La Pampa, y también rechazó el agravante de la guarda, pero el tribunal ratificó el fallo apoyándose en los informes de las psicólogas forenses y otras profesionales, y en los testimonios de las víctimas en Cámara Gesell.

Además,los jueces entendieron que le corresponden los 20 años de cárcel por «el desinterés por parte del imputado hacia las víctimas -pensando solo en sus deseos sexuales y utilizando a las menores como simples objetos-; y la influencia que tenía sobre ellas para conseguir sus propósitos, lo que amerita considerar dichas circunstancias al momento de aplicar la pena».

Fuente: Minuto1

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